Cancelación de matrícula

Cancelación de matrícula

REQUISITOS CANCELACION/SUSPENSIÓN VOLUNTARIA DE MATRÍCULA

 

VISTO la Resolución Nº 04/87 del 13/01/87 y sus modificatorias 29/90, 104/01 y 104/03  del Consejo Superior, que establecen y reglamentan los requisitos para suspender o cancelar voluntariamente la matrícula

“Para solicitar la suspensión mencionada, deberán saldarse totalmente las cuotas de ejercicio profesional pendientes, como así también toda otra deuda que tenga con el Colegio y las cuotas de matrícula vigente a la fecha de la solicitud inclusive…” (29/90)

“Tener la matrícula al día, incluido la proporción de la cuota anual exigible al trimestre en curso, así como toda deuda pendiente con el Colegio” (104/01)

“No tener expedientes de obra abiertos bajo su responsabilidad por obras en ejecución inconclusas y/o suspendidas…” (104/01)

Las obras deben tener Final de Obra o Desligamiento profesional.