Matriculación en el C.A.P.B.A.

Matriculación en el C.A.P.B.A.

MATRICULACIÓN EN EL C.A.P.B.A

 

REQUISITOS

  • Título original con la legalización en el Ministerio de Educación.
  • Documento de Identidad
  • Fotocopia del título (tamaño A4)
  • Fotocopia del documento de identidad
  • 3 Fotografías carné
  • Constancia de C.U.I.T.
  • Abonar el derecho de matriculación $ 450.- y el trimestre de matrícula correspondiente

 

CUARENTENA: MATRICULACIÓN A DISTANCIA PARA ARQUITECTOS FUERA DEL ÉGIDO DE MAR DEL PLATA

Se aceptará la matriculación a distancia (mientras dure la cuarentena impuesta por el virus COVID-19), bajo la siguiente modalidad:

 

  • El interesado enviará la documentación requerida en primer lugar, escaneada por mail a matricula@capba9.org.ar informando: Estado civil, Domicilios, teléfonos y localidad de nacimiento.
  • El CAPBA realizará la Inscripción Colegial PROVISORIA
  • Se enviarán al domicilio del postulante los formularios para ser firmados por él
  • El arquitecto remitirá al Colegio por correo postal, toda la documentación solicitada. Tanto las fotocopias del título como del DNI deberán estar certificada por Escribano Público, así como las firmas de los formularios.
  • Una vez controlada la documentación se procederá a gestionar la matrícula definitiva.

 

RESIDENTES EN EL ÉGIDO DE GENERAL PUEYRREDON

  • Adelantarán la documentación por correo electrónico informando Estado civil, Domicilios, teléfonos y localidad de nacimiento
  • Cuando se haya registrado su inscripción, recibirán un mail comunicándoles que se acerquen al Colegio para concluir el trámite, con los originales de la documentación, más las fotocopias y las fotos en el día y horario que les corresponda de acuerdo a la terminación de su DNI.
  • Cuando contemos con su número definitivo, se les informará el mismo por mail, como así el número de afiliado a la CAAITBA y el certificado habilitante.

 

Horario de atención: de 8.00 a 13.30 hs., de lunes a viernes.

Las solicitudes de alta de matrícula finalizarán una vez aprobadas por el Consejo Superior en la correspondiente sesión y con la posterior entrega de credencial definitiva (a partir del 18/02/19 no se entregarán a los profesionales, matrículas provisorias. Res. Nº 22/19).

La matrícula se encontrará habilitada mediante el pago de la misma, que podrá ser anual o trimestral. El Colegio exigirá matrícula al día ante la presentación de  documentación para el control del ejercicio profesional.

SUSPENSIÓN POR FALTA DE PAGO: La deuda máxima que se podrá tener, es de dos (2) años de matrícula (8 trimestres); cumplido este plazo, el Colegio podrá suspender la matrícula por falta de pago, previo aviso al matriculado.

A partir de la suspensión, no generará nueva deuda y para rehabilitarla, deberá abonar la deuda que dio origen a la suspensión más el trimestre en el cual se rehabilite la misma.

SUSPENSIÓN VOLUNTARIA: el matriculado podrá solicitarla cumpliendo con dos requisitos: a) no tener deuda con el Colegio ni de matrícula ni de CEP y b) no poseer obras abiertas, las mismas deberán tener el final de obra o el desligamiento profesional. Para rehabilitarla deberá abonar el trimestre en el cual la rehabilite (no genera deuda durante el período que dure la baja en la matrícula). Una vez regularizada, deberá estar con la matrícula habilitada por el término de dos años como mínimo antes de solicitar una nueva baja.

ENTREGA DE CREDENCIALES: La inscripción en el CAPBA se registra en el título original, por lo que es necesario acudir al Colegio con el mismo, a fin de volcar los datos de la credencial definitiva en él. Se realizan cuatro entregas anuales en un acto colectivo, en las fechas que se establezcan oportunamente y cuyas invitaciones se cursarán con el tiempo necesario.

 

C.A.P.B.A. Distrito IX: Stella 0223 473-3031 / 473-8282 interno 204 –  matricula@capba9.org.ar

 

ASESORÍA CONTABLE / IMPOSITIVA: gratuita para matriculados a cargo de la CPN Claudia Pedersen, los viernes de 11.00 a 12.00 hs.

CAJA DE PREVISIÓN

La ley de la Caja de Previsión para Agrimensores, Arquitectos, Ingenieros y Técnicos de la Provincia de Buenos Aires, 12.490, vigente desde el 01/01/01 y sustitutiva de la 5.920 (22/10/58) y 12007 (15/10/97), alcanza a los “profesionales inscriptos en las matrículas del Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires…” por lo que se desprende que la relación entre la Caja y la matrícula es solidaria: si el profesional está con la matrícula regular, se encuentra habilitado en la Caja, y viceversa.

Y la matrícula debe estar regular (ni suspendida ni cancelada) más de 6 meses en el año calendario para encontrarse habilitado con el año de aportes, y viceversa.

Las obligaciones para con la Caja:

  • “El aporte obligatorio del diez (10%) por ciento de los honorarios percibidos y de todo ingreso o remuneración de origen profesional…” El Colegio realiza el control de los aportes.
  • Cubrir una Cuota Mínima Anual Obligatoria (CMAO). La integración de esta cuota se dará por cumplida cuando su importe se cubra con los aportes integrados de acuerdo al punto 1), de lo contrario se completará con aportes voluntarios

 

* Conviene tener en cuenta que, a partir de la última modificación de la ley 12.490 (año 2001), ésta le permite a la Caja iniciar juicio por vía de apremio para el cobro de la CMAO.

 

 

 

FORMAS DE REGULARIZAR LA C.M.A.O.

  • Realizar el aporte de $ 49.000.-
  • Renunciar al cómputo del año
  • Eximición por relación de dependencia (100%)
  • Solicitar el pago del 50% de la CMAO. Los años abonados al 50%, se liquidarán en ese mismo porcentaje en el haber jubilatorio. El trámite se realiza dentro del primer trimestre del año siguiente.

 

2) Renuncia al Cómputo del año: esta opción se puede utilizar hasta 5 veces como máximo, en forma alternada o consecutiva. La Caja cobrará un gasto administrativo y de seguro. Los años renunciados, son años que se agregarán a los años de aportes necesarios para obtener una jubilación ordinaria. El plazo para solicitar la Renuncia es el 31 de marzo del año siguiente al que se quiere renunciar (Ej.: para renunciar al 2018 el plazo es hasta el 31/03/19).

3) Eximición por Relación de Dependencia: a todo profesional que mantenga relación de dependencia laboral, la Caja le permite solicitar la eximición de la CMAO al 100%: es para los años con cero aporte, abonando un gasto administrativo del 2% de la CMAO, presentando la documentación que acredite la relación de dependencia. El plazo para solicitar la eximición por relación de dependencia es el 30 de junio del año solicitado, o sea, con anticipación.

 

“FRANQUICIA”

La Caja permitirá a los profesionales, aportar el 50% de la CMAO los primeros 5 años a partir de la fecha del título, pudiendo integrar el otro 50%, durante su vida profesional cuando la Caja se lo indique.

 

INFORMACIÓN SOBRE APORTES POR CONTRATOS

Todos los aportes por tareas profesionales, computan para el año calendario en el que se realice el mismo (independientemente del año de la obra).

Hay que informar a la Caja todas las circunstancias posteriores al contrato como son: desligamiento profesional, paralización de la obra, no comienzo de la misma, ampliación del plazo del contrato, etc.

 

TRASPASO DE APORTES

Cuando los aportes superaren 1 ½ de la CMAO vigente, el excedente de dicho monto pasará al año inmediato anterior automáticamente si estuviera incompleto. Esta es la única posibilidad de traspaso de aportes.

 

JUBILACIÓN

Los años necesarios para jubilarse son 35. La edad mínima 65 años.

 

LUGARES DE PAGO: Las entidades autorizadas para el cobro de boleta digital son: BANCO PROVINCIA, BANCO CREDICOOP, RAPIPAGO, RIPSA, PAGO FACIL y REDLINK.

 

COMUNICACIÓN CON LA CAJA

Debido a que la Caja tiene una sola sede en La Plata, el Distrito IX colabora con la comunicación del profesional con la misma, recibiendo la documentación y enviándola a la Caja. En la página de la Caja www.caaitba.org.ar se podrá leer la ley 12.490 así como otra información de utilidad. En la misma hay un sitio con la cuenta individual de cada afiliado (ícono AUTOGESTIÓN).