Designación definitiva de autoridades en Delegaciones del Capba D9

Designación definitiva de autoridades en Delegaciones del Capba D9

El pasado Lunes 8 de Marzo el Consejo Directivo del Colegio de Arquitectos Distrito IX aprobó por mayoría la designación definitiva de autoridades para sus Delegaciones.

Los/as colegas que ocuparan estos cargos hasta la próxima asunción de autoridades en 2022 son:

Delegación Gral. Alvarado
Delegado Arq. Agustín Maceió Mat. CAPBA 20.179
Subdelegada Arq. Bibiana Esther Picciani Mat. CAPBA 10.408

Delegación Necochea
Delegado Arq. José Luis Ruiz Mat. CAPBA 11.602
Subdelegado Arq. Matias Emanuel Lucero Mat. CAPBA 28.327

Delegación Balcarce
Delegado Arq. Antonio Fabian Bruno Mat. CAPBA 12.724
Subdelegada Arq. Damasia Bustamante Vismara Mat. CAPBA 13.370

Delegación La Costa
Delegada Arq. Carmen Beatriz Salerno Mat. CAPBA 17.760
Subdelegada Arq. Carolina Norma Cisneros Mat. 18.229

Delegación Villa Gesell
Delegado Arq. Martín Varvasini Mat. CAPBA 19.917
Subdelegada Arq. Claudia Beatriz Siri Mat. CAPBA 24.094

Delegación Pinamar
Delegado Arq. Juan Carlos Bóscolo Mat. CAPBA 17.201
Subdelegado Arq. Guillermo Antonio Teisceira Mat. CAPBA 22.495

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Las circunstancias y el marco legal que sustentan esta resolución del Consejo Directivo son sintéticamente las siguientes:

Esta gestión asume la conducción del Distrito en el mes de Diciembre de 2019 con un desfasaje entre el cronograma electoral para las autoridades distritales y la de las distintas delegaciones, circunstancia que advertida, fue motivo de análisis por la gestión entendiendo que ello se debería corregir para permitir a cada delegación elegir sus autoridades en una unidad de gestión con quienes resultaran electos para la representación de ley del CAPBA DIX.-

Para ello, se estaba trabajando en la unificación de los períodos de designación de delegados con las autoridades, cuando es sabido en el mes de Marzo la irrupción de la pandemia y las disposiciones sanitarias nacionales y provinciales provocan la imposibilidad de la elección asamblearia. (Resoluciones PEN ….).-

Sin perjuicio de su acatamiento, y atento la importancia de nombrar duplas de delegados, en ese momento se inició el proceso electoral de los/as delegados/as y  se promovieron decisiones orgánicas que apuntaron a fortalecer la legitimación de los/as colegas que habían comunicado su voluntad de asumir la representación de cada delegación, evitando de esta forma soluciones que aparecían contradictorias, es decir o nombrar desde la Mesa Directiva delegados/as o prorrogar mandatos de duplas con mandato vencido.-

Así las cosas y dando comienzo al proceso electoral se estableció un método electivo mediante disposición 09/20 de la Mesa Directiva y  esolución 10/20 del Consejo Directivo del Capba DIX .

En las mismas queda explicitado que el inicio de este proceso electoral se habilitaba sobre la premisa y la certeza de NO ERA UNA ELECCIÓN DE LEY y en sus vistos explicitaba “ que  la Resolución 242/2020 del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Buenos Aires que suspende por el plazo de 180 días a contar del 12 de marzo de 2020, los procesos electorales de los colegios profesionales se refieren a las autoridades de la ley 10405 y no así los delegados que conforme lo dispone la Resolución 36/13 del Consejo Superior pueden ser democrática del CAPBA DIX, debe sostenerse respetando en forma responsable el límite sanitario impuesto y que la presente decisión redundará en una mayor legitimación de los delegados a designar sin necesidad de esperar el período de suspensión dispuesta en la Resolución Ministerial mencionada”.

Así mismo se dejaba asentado el procedimiento a realizar en el caso de no poder realizarse las asambleas presenciales eleccionarias en el anexo I art. 2º) “En caso de acefalía por vencimiento de las designaciones vencidas el 30 de mayo de 2020, la Mesa Directiva deberá elegir transitoriamente en la delegación a una dupla de aquellas que se hayan postulado conforme el artículo anterior.  Estos asumirán el cargo el día 1 de junio de 2020 y permanecerán en sus
funciones, hasta la designación de nuevos delegados conforme procedimiento electivo dispuesto por la Res. 11/2017.- “

Todos los/as candidatos/as que se presentaron aceptaron las condiciones e imposiciones que se incluían en la resolución que reglamentaba el proceso electoral y que fueron de público conocimiento.

Como es sabido llegado el momento de realizar las asambleas presenciales (modalidad fijada por la resolución 11/17 que reglamenta el funcionamiento de las Delegaciones y por la resolución 10/20 que estructura el proceso electoral) las mismas no pueden realizarse por el aislamiento y el distanciamiento social que continúa impuesto por la pandemia.

Por lo tanto la Mesa Directiva haciendo uso de la atribución que la reglamentación del proceso electoral le confiere, designa Delegados y Delegadas en forma provisoria hasta que las asambleas presenciales eleccionarias pudieran realizarse.

Transcurren nueve meses desde la designación provisoria de Delegados, y el aislamiento y el distanciamiento social se flexibiliza, pero las normas impuestas restringen la realización de las asambleas presenciales eleccionarias, única modalidad habilitada por el proceso electoral.

Al día de hoy las asambleas presenciales eleccionarias no pueden realizarse de acuerdo al decreto 125/21 del poder Ejecutivo Nacional en relación a la concentración de gente y la ruptura del distanciamiento social.

No existe la posibilidad de garantizar técnicamente el acceso a un formato virtual para toda la matrícula de las Delegaciones y tampoco se contempla en el reglamento electoral al igual que tampoco se contempla la votación por urna, cuestión que podría implicar la impugnación del acto eleccionario por cualquier matriculado/a o candidato/a

Sin perjuicio de ello, entendemos que el transcurso de quince meses desde la asunción de las autoridades de ley de esta gestión que la aproxima a cumplir la mitad de su mandato, y el difícil momento laboral, económico y sanitario demanda para la institución estabilidad y previsibilidad política y administrativa.

Por todo lo expuesto y en la necesidad  de simplificar y evitar mayores más perjuicios en  la vida institucional de los que ya se generaron producto de la pandemia, y consolidar períodos de representación uniformes entre las autoridades de ley y los/as delegados/as, que se pueda evaluar además una forma de elección que permita su elección sin que ello conlleve a la necesidad de generar asambleas, entre otras consideraciones, se decidió conformar una comisión Ad Hoc compuesta por todas las fuerzas que integran el Consejo Directivo, con intervención activa de toda la matricula, para que se actualice y democratice el funcionamiento de las Delegaciones, el rol de sus autoridades y la modalidad de su elección de la manera más democrática para TODA la matricula Distrital.

Por otro lado en este periodo residual de mandato y a fin de evitar la acefalía de las delegaciones se prorroga el mandato de los Delegados y Delegadas hasta la próxima elección de ley en el año 2022.-