Llamado a concurso de Coordinador/a en Accesibilidad

Llamado a concurso de Coordinador/a en Accesibilidad

El Capba DIX llama a concurso para coordinador/a en accesibilidad

Abierta la inscripción del 3 al 11 de Septiembre inclusive

Se adjunta resolución 17/20 y reglamento


RESOLUCIÓN Nº 17/ 20

MAR DEL PLATA, 31 de Agosto de 2020.

VISTO La Ley 10405, y

Considerando El Distrito IX del CAPBA no solo tiene la función fiscalizar y promover el correcto ejercicio de la profesión de Arquitecto/a y el decoro profesional ejerciendo el contralor de la actividad profesional en cualquiera de sus modalidades y juzgar las transgresiones a la ética profesional; sino que históricamente ha generado los espacios de reflexión, discusión y opinión sobre las cuestiones relacionadas con su rol social en pos de la conformación de un hábitat sustentable e inclusivo para la sociedad en su conjunto, dentro de su territorio Distrital con la participación activa de los/as matriculados/as de toda la región.

Que la aparición de problemáticas coyunturales, particularizadas o de emergencia sobre temas urbanos, conflictos ambientales, sobre el hábitat y la vivienda o la accesibilidad; demandan la opinión institucional del CAPBA DIX con un sustento teórico y técnico que se vería enriquecida por la participación de sus matriculados/as para reivindicar y valorizar las competencias que la profesión de Arquitecto/a tiene sobre cuestiones de hábitat, arquitectónicas, urbanas y territoriales, contribuyendo a la inserción de los/as Arquitectos/as y del DIX del CAPBA en la agenda social y política local. universal.

Que nuestras ciudades han crecido aceleradamente y estos procesos se han desarrollado sin la consideración de los sectores vulnerables de la sociedad.

Que como actores calificados en el diseño y edificación de los espacios, los/as Arquitectos/as debemos comprometernos con la construcción de ciudades que incluyan a todos/as sus habitantes, más allá de sus capacidades físicas, sensoriales o cognitivas, en pos de un uso y apropiación de las mismas más equitativo.

Que la accesibilidad e inclusión física ha dejado de ser una tendencia y ha pasado a ser una necesidad, asumiendo todas las diferencias y particularidades que tiene la humanidad.

Que en los últimos años se ha dado un cambio fundamental en los paradigmas médicos y asistencialistas, y se ha avanzado hacia un modelo social e inclusivo que entiende que el problema de una persona con discapacidad se suscita cuando el entorno se transforma en barrera, relevando la carga del problema al entorno y no a las personas.

Que este giro de paradigma, obliga a replantear necesariamente los cánones urbanísticos y arquitectónicos y pensar que una ciudad, un edificio, una vivienda, deben ser habitados por todos/as, en su más amplia expresión.

Que por lo antedicho, es importante incorporar la accesibilidad universal al criterio general; entendiendo que las ciudades y sus entornos, es decir el medio, debe convivir equilibradamente con las personas.

Que en este sentido, es urgente la generación de acciones que ayuden a visibilizar la temática de la accesibilidad, generar conciencia sobre la necesidad de eliminar las barreras arquitectónicas en espacios de uso público, edificios de uso público, transporte, señalética, entre otros y sensibilizar a la matrícula en la generación de espacios inclusivos, repensando el diseño universal e incorporándolo desde el inicio del proceso proyectual.

Que de la misma manera, es imprescindible analizar la legislación existente y colaborar en nuevas normas de alcance municipal para aquellos Municipios que aún carecen de la propia en pos de lograr una mejor calidad de vida e igualdad de oportunidades en el uso de los espacios para toda la población.

Que teniendo en cuenta las solicitudes de asesoramiento recibidas desde diferentes Municipios del Distrito en la temática de la accesibilidad, corresponde crear un espacio de jerarquía institucional que favorezca la participación orgánica y asista al CD para reconocer y conocer el tema de la accesibilidad universal.

 

 

 

Que la Resolución CAPBA DIX Nº 10/20, en su art. 3º, establece: Se dispondrá un monto máximo de hasta el 50% de lo previsto en el rubro 5.18. Compensaciones Comisiones previsto en el Presupuesto para el Ejercicio Nº 34 para ser asignados al Funcionamiento Institucional, y a las acciones y asesorías que, al haber sido evaluadas por la Mesa Directiva, resulten prioritarias y se requieran oportunamente.

POR ELLO el Consejo Directivo del Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires Distrito IX, en sesión del día de la fecha,

 

R E S U E L V e

Art. 1º) Aprobar el Llamado a Concurso de Antecedentes, propuesta de trabajo y oposición para la selección de un/a Coordinador/a en la formación de equipos de trabajo tanto en sede Distrital como en Delegaciones del CAPBA DIX que aborden la temática de accesibilidad universal en Sede Distrital y Delegaciones, conforme los términos de la convocatoria que integra el Anexo I de la presente Resolución.

Art. 2º) Comuníquese a los miembros del Consejo Directivo, delegado al Consejo Superior, delegados distritales, publíquese para su difusión

Art. 3º) Cumplido, archívese.

 

 

 

Arq.  DIEGO DOMINGORENA                                                      Arq. EDUARDO AGÜERO.

Secretario.                                                                             Presidente.

 

 

ANEXO I

LLAMADO A CONCURSO DE ANTECEDENTES, PROPUESTA Y OPOSICIÓN PARA LA SELECCIÓN DE UN/A COORDINADOR/A SOBRE ACCESIBILIDAD UNIVERSAL y FORMACIÓN DE EQUIPOS DE TRABAJO

EN SEDE DISTRITAL Y DELEGACIONES DEL CAPBA DIX

ART. 1º.- OBJETO DEL CONCURSO

El Distrito IX del Colegio de Arquitectos de la Provincia de Buenos Aires (CAPBA DIX) seleccionará un Arquitecto/a matriculado/a para la coordinación de los trabajos que se desarrollen desde la institución en materia de accesibilidad universal. Asimismo, colaborará con la formación de grupos de trabajo sobre la temática tanto en Sede Distrital, como en las delegaciones.

ART. 2º.- REQUISITOS

Estar matriculado/a en el CAPBA IX y demostrar antecedentes y experiencia en la temática de referencia.

ART. 3º.- INSCRIPCIÓN

Entre los días 03 y 11 de septiembre de 2020. Por correo electrónico a: secretaria@capba9.org.ar.

La inscripción no tendrá costo alguno, ni supondrá compromiso por parte de los organizadores del concurso, excepto la selección del postulante que surja como resultado del mismo.

ART. 4º.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

La inscripción definitiva de los concursantes estará condicionada a la recepción al correo electrónico citado en el Art. 3º de:

  1. a) Datos personales (Nombre, Apellido, Matrícula, delegación de pertenencia, teléfono y correo electrónico);
  2. b) CV detallando Antecedentes Académicos y Experiencia en la temática;

La Secretaría del Capba DIX aceptará y comunicará la inscripción al o la postulante el día 12 de Septiembre mediante correo electrónico

El día 18 de Septiembre previa presentación de propuesta, especificando metodología y modalidad de trabajo, se realizará la evaluación definitiva.

ART. 5º.- COMPOSICIÓN DEL JURADO

Estará integrado por tres (3) miembros, a saber:

  1. a) Un miembro representante de la Mesa Directiva
  2. b) Un miembro representante de la primera minoría del Consejo Directivo.
  3. c) Un miembro representante de la segunda minoría del Consejo Directivo.

ART. 6º.- MODALIDAD DEL CONCURSO

Los tiempos, modalidades de exposición y de evaluación serán los siguientes:

  1. a) Tiempo de exposición: Será de 30 minutos como máximo para la exposición de contenidos propositivos y 10 minutos como máximo de preguntas por parte de los/as miembros del Jurado.
  2. b) Modalidad de exposición: Las exposiciones de los concursantes se realizarán en forma virtual a través de la utilización de una plataforma remota (Zoom o similar).
  3. c) Emisión del dictamen: El Jurado deberá expedirse mediante acta firmada por sus miembros integrantes, en la cual se determine un orden de mérito de los concursantes con su fundamentación respectiva. Dicho dictamen deberá ser emitido en un plazo máximo de 5 días hábiles, contados a partir de la fecha del día de finalización de la última exposición.
  4. d) Características del dictamen: El dictamen del Jurado será único y aprobado por mayoría simple. Se podrá declarar desierto el concurso, por ausencia de postulantes o por insuficiencias en antecedentes o en la propuesta.
  5. e) Resolución del Consejo Directivo del CAPBA DIX: El dictamen del Jurado será elevado al Consejo Directivo del CAPBA DIX, el cual oficializará la selección del postulante en la sesión de Consejo Directivo inmediatamente posterior al fallo.
  6. f) Carácter de las decisiones: Los inscriptos aceptarán que las decisiones del Jurado y el Consejo Directivo del CAPBA DIX serán inapelables.
  7. g) Notificación: Los concursantes deberán ser notificados por correo electrónico del resultado del concurso, los cuáles se difundirán también en los medios de comunicación oficiales del Distrito IX del CAPBA.

ART. 7º.- PAUTAS DE CALIFICACIÓN

El Jurado calificará a los concursantes en función de las siguientes variables:

  1. a) Antecedentes: Serán considerados, en cantidad y calidad, los antecedentes particulares en acciones relacionadas con la accesibilidad universal, en cargos específicos vinculados con dichas tareas, así como aquellos antecedentes académicos de grado y de postgrado. Esta variable de calificación tendrá un máximo de 30% del puntaje total.
  2. b) Propuesta: El Jurado evaluará los contenidos y factibilidad de la propuesta de trabajo, así como la correspondencia con las atribuciones institucionales establecidas en la Ley 10.405 y modificatorias. Esta variable dispondrá de un máximo de 40% del puntaje total.
  3. c) Presentación: Se ponderará la calidad, simplicidad y eficiencia comunicacional del material presentado, con una calificación máxima que representará el 30% del puntaje total.

ART. 8º.- FUNCIONAMIENTO

Funcionará en un todo de acuerdo con la Resolución Nº 12/20, teniendo en cuenta los criterios establecidos por el Consejo Directivo en el Anexo I del Reglamento de Funcionamiento de Comisiones Internas del CAPBA Distrito IX y del Reglamento de Funcionamiento del Consejo Directivo del DISTRITO IX.

El Coordinador que resulte seleccionado colaborará en la formación de grupos de trabajo en Sede Distrital y Delegaciones, establecerá la metodología de trabajo y directrices generales, así como supervisará las tareas de cada uno de los grupos y será el nexo con cada uno/a de los Delegados/as e informará al Consejo Directivo los avances de la tarea realizada cuando sea requerido.

Las reuniones de trabajo se realizarán en forma virtual a través de una plataforma remota o en Sede Distrital y Delegaciones en la medida que se habilite esta actividad por las autoridades provinciales y nacionales en el marco de las medidas adoptadas por el COVID 19.

La totalidad de los productos originados tanto por la comisión, como por el Consejo serán de propiedad exclusiva de este CAPBA.

La renovación anual de los miembros del equipo será en forma automática, si no hubiere impedimentos u objeción alguna por parte del Consejo Directivo.