Libre deuda previsional de la Caaitba

Libre deuda previsional de la Caaitba

De acuerdo a los art. 31 y 32 de la Ley Provincial 12.490 que regula la creación y funcionamiento de la Caja de previsión social para Agrimensores, Arquitectos, Ingenieros y Técnicos de la Provincia de Buenos Aires, los colegios profesionales son los responsables del control de aportes previsionales de sus matriculados y matriculadas.

En línea con esta normativa el Capba D9 solicitará al momento de presentar un conforme a obra o un desligamiento profesional el correspondiente libre deuda previsional del profesional que finaliza su tarea.

Este comprobante es de fácil gestión a través de la página institucional de la Caaitba cuando quien la solicita es quien se desvincula y tiene sus aportes realizados.

En el caso de terceros que lo requieran cuando el desligamiento es unilateral y sin el consentimiento del saliente o cuando el profesional que lo debe solicitar no es posible de contactar por diversos motivos, el Capba D9 gestionó un protocolo de solicitud a la Caaitba mediante el cual la caja extenderá el libre deuda en algunos casos y en su defecto, cuando no sea posible, un documento habilitando al Colegio y al Municipio correspondiente a desligar al profesional saliente.

De esta manera queda solucionado un inconveniente recurrente que durante décadas implicó que algunos municipios no desligaban al profesional saliente y no habilitaba al entrante por falta de esta documentación, lo que implicaba obras paralizadas y tareas profesionales encomendadas imposibles de realizar.

Con satisfacción la conducción del capba D9 celebra haber podido concretar, después de largas gestiones, esta operatoria que viene a solucionar conflictos históricos de nuestra matrícula para con algunos municipios.